Aug 1, 2012

Mediación Familiar. Registro de Mediadores y Mediación Licitada.




Mediación Familiar. Registro de Mediadores y Mediación Licitada.

La mediación propone un espacio de diálogo participativo, entre dos partes que mantienen un conflicto.

De acuerdo al artículo 103 de la Ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia la mediación es “aquel sistema de resolución de conflictos en el que un tercero imparcial, sin poder decisorio, llamado mediador, ayuda a las partes a buscar por sí mismas una solución al conflicto y sus efectos, mediante acuerdos”.

La Seremi de Justicia administra en la región el Registro Único de Mediadores Familiares, exclusivamente los profesionales que se encuentran inscritos en dicho Registro son mediadores/as familiares.

A su vez los mediadores inscritos en dicho registro pueden ser privados o licitados. Privados, son aquellos que no han participado en las licitaciones públicas del MINJU, pero que igualmente están registrados en el Ministerio de Justicia y, por tanto, habilitados legalmente para prestar servicios de mediación en las materias de mediación previa y obligatoria de manera particular. Licitados (o contratados por el Ministerio de Justicia) son aquellos que participar en alguna(s) licitación(es) ofertada(s) por el Ministerio de Justicia y finalmente se la adjudicaron.

Para más información, la página web oficial sobre mediación en el país es: http://www.mediacionchile.cl/

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